Regularización de ampliación de viviendas: Es muy sencillo
En principio, la Ley número 20.251 también llamada Ley del Mono, es una ordenación especial para la regularización simplificada de viviendas sociales siempre que la tasación no supere las quinientas veinte Unidades de Fomento (U.F) y cuya superficie no exceda los 140 mts2.
Luego, es un texto legal para la regularización de ampliación de viviendas cuya vigencia se ha solicitado luego que se terminara en febrero 2022 y ha sido extensible hasta febrero de 2023.
Conozca la Ley del Mono
- Es una ley que está orientada a brindar la permisología de edificaciones para obtener la recepción definitiva de éstas
- Está dirigida hacia aquellos propietarios de las viviendas de autoconstrucción anterior a la publicación de ésta en febrero del año 2016
- Es para los que no poseen una recepción parcial, total o definitiva
- Incide para el inmueble que no se encuentre en áreas de riesgo
¿Cuáles son los requisitos para regularizar la propiedad según la Ley del Mono?
Regularizar la ampliación de la propiedad es fácil pero debe presentar ciertos recaudos para un feliz término, mire de lo que se trata.
- Construcción anterior a la publicación de la ley del día 4 de febrero del año 2016
- No encontrarse dentro de un área de riesgo o de protección, o en terrenos que hayan sido declarados como utilidad pública o uso público, tales como: calles, puentes, plazas, o veredas
- De situarse en áreas urbanas, tiene que estar en suelo de uso residencial
- Poseer superficie que sean de espacios habitables, en ello son incluyentes los baños y la cocina de no más de 90 mt2.
- Contar con el avalúo fiscal que no supere las 1.000 Unidades de fomento (U.F.)
- Es aplicable para los procedimientos de los propietarios de viviendas no mayor a los 140 mt2
- El avalúo fiscal no puede superar 2.000 U.F.
- No puede presentar reclamaciones pendientes con motivo de no cumplimiento de las normas urbanísticas dentro de la dirección de obras municipales o un juzgado de la policía local para la fecha en que realizase la solicitud de la regularización del bien
- Dar fiel cumplimiento con la normativa como garantía de la habitabilidad, la seguridad y permanencia de la vivienda
- Cumplir con la normativa referida a las instalaciones del interior del inmueble, la electricidad, el agua potable, el alcantarillado y el servicio de gas
- Cumplir con las normas de seguridad contra los incendios, las condiciones de seguridad y las normas sobre estabilidad y, de conformidad con la Ley General de Urbanismo y Construcción
¿Qué documentos se tienen que presentar?
- La declaratoria del propietario donde se evidencia que es propietario del inmueble y de donde se observe la inexistencia de reclamaciones
- Síntesis de las determinaciones técnicas conjuntamente con un plano del emplazamiento de escala específica de 1:500 y otro plano a la escala de 1:50
- Un informe de un arquitecto o, en su defecto, del profesional con competencia para certificar que la construcción está bajo los parámetros de cumplimiento con las normas de habitabilidad, así como de seguridad, estabilidad y con las instalaciones interiores precisadas en la Ley o de acuerdo a la Ley General de Urbanismo Y Construcciones LGUC
- Contar con la certificación del avalúo expedido por el Servicio de Impuestos Internos a la fecha del 4 del mes febrero del año 2016
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También puede leer en:
https://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/regularizacion-de-ampliacion-de-viviendas-sociales
https://www.senado.cl/ley-del-mono-aprueban-extender-su-vigencia-hasta-febrero-de-2023